Operativos policiales en ruta. Que DEBEN PEDIR y QUE NO.

Con la llegada de las vacaciones y los turistas saliendo a la ruta, comienzan los Operativos de Prevención, que en la mayoría de los casos cumplen su objetivo y en otros, solo tienen fines recaudatorios para el MUNICIPIO que lo hace.

Una de las tantas cosas de las que los conductores se quejan es de las FOTOMULTAS, que ya fue motivo de un post en este blog.

En relación a lo que los oficiales de turno PUEDEN SOLICITAR al conductor están los siguientes items:

* DNI

* Licencia de conducir habilitante.

* Cédula de identificación del vehículo (CÉDULA VERDE). Si el conductor NO es el titular del vehículo, deberá tener la CÉDULA AZUL a su nombre.

* Comprobante de seguro obligatorio.

* Comprobante de pago de patentes.

* Certificado y oblea de VTV.

* Placas identificatorias de dominio.

* Número de ocupantes adecuado. El numero de ocupantes NO DEBE EXCEDER el numero de cinturones de seguridad que posea el vehículo.

* Luces bajas encendidas siempre.

*  Grabado de Autopartes según Ley 14.497

Si tu auto tiene GNC, comprobante y oblea vigente

* Ambas chapas patente colocadas visibles y sin alteraciones, en buen estado y el lugar correspondiente

* Menores de 10 años en el asiento trasero en la silla de seguridad acorde a la edad

Auto:

* Cinturón de seguridad.

* Balizas portátiles.

* Matafuego con FECHA VIGENTE (se vence cada año la carga el matafuegos).

Moto:

* Casco.

* Chaleco reflectante (para deliverys o mensajerías).

Elementos no exigibles en la provincia de Buenos Aires:

* Bolsa mortuoria/paño blanco.

* Botiquín de primeros auxilios (se recomienda tenerlo ante una emergencia).

(*): Datos de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

En relación a los limites de alcohol en sangre a la hora de conducir:

Tanto el alcohol como el resto de las sustancias tóxicas disminuyen la capacidad de atención y coordinación. Una conducción adecuada requiere lucidez y capacidad de reacción, especialmente ante las situaciones imprevistas.

La ley vigente establece como límite permitido para conducir:

  • Vehículo particular: 0,5 g/l (gramos de alcohol por litro de sangre)
  • Motocicletas: 0,2 g/l (acompañante 0.5 g/l)
  • Transportes públicos y de carga: 0 g/l

Dentro de esta última categoría se incluyen los conductores de transportes de pasajeros (colectivos, taxis, remises, transportes escolares) y conductores de transporte de cargas.

Recomendaciones

En la Provincia de Buenos Aires NO es OBLIGATORIO llevar la bolsa mortuoria NI TAMPOCO el chaleco Reflectivo, así tampoco como el BOTIQUÍN de Primeros Auxilios, pero todos estos elementos, a excepción de la Bolsa mortuoria, SON RECOMENDABLES.

¡Acordate de llevar siempre las luces diurnas o bajas encendidas LAS 24 HORAS DEL DÍA!

Multas de tránsito

En caso de no cumplir con alguna de las disposiciones mencionadas, los agentes de tránsito o policías pueden proceder a efectuar multas.

Las mismas son definidas según Unidades Fijas (UF = Valor en Pesos del Litro deNafta de mayor octanaje del YPF ACA de la Ciudad de La Plata):

– Conducir sin haber sido habilitado: de 300 a 1.000 UF.

– Exceder los límites de velocidad: de 150 a 1.000 UF.

– Circular con licencia vencida: de 50 a 100 UF.

– Circular con la tarjeta verde vencida: 100 UF.

– Circular sin seguro: de 50 a 100 UF.

– Circular sin patente: de 300 a 1.000 UF.

– Cruzar el semáforo en rojo: de 300 a 1.000 UF.

– Girar a la izquierda donde está prohibido: de 300 a 1.000 UF.

– Circular en contramano: de 300 a 1.000 UF.

– Estacionar en un lugar no permitido: de 50 a 100 UF.

– Falta de verificación técnica: de 300 a 1.000 UF.

– Conducir alcoholizado: de 300 a 1.000 UF.

En lo referente al USO de Celulares MIENTRAS SE CONDUCE, la Ley de Tránsito Nº 24.449 ES CLARA EN SU ARTÍCULO Nº 48 EN DONDE DICE:

PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública

Inciso X

«Conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua;»

y en su

ARTICULO 77. — CLASIFICACION. Constituyen faltas graves las siguientes:

Inciso Q

La conducción de vehículos utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

Valor UNIDAD FIJA UF = $25.59 al 07 de Enero de 2018.-

El costo de la multa se calcula de acuerdo al número de Unidades Fijas (UF) establecidas para cada tipo de infracción. El valor de cada Unidad Fija equivale al precio por litro de nafta de mayor octanaje, informado por Automovil Club Argentino sede Ciudad de La Plata (A.C.A).

El valor de la Unidad Fija fué establecido por la disposición Nro. 35 del 2017.

 

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